Divorcio de mutuo acuerdo ante notario Burgos
Hoy en día los divorcios se pueden tramitar de dos formas, bien ante los juzgados de familia, donde se podrán tramitar tanto divorcios contenciosos como divorcios de mutuo acuerdo, o bien en una notaría, donde solo se podrán celebrar divorcios de mutuo acuerdo que cumplan con una serie de requisitos. En este artículo voy a explicar las peculiaridades del divorcio de mutuo acuerdo ante notario en Burgos.
El divorcio notarial en España
En España solo se podrán celebrar ante notario los divorcios que sean de mutuo acuerdo y siempre que los cónyuges no tengan hijos, o en caso de que los tengan estos sean mayores de edad y no estén incapacitados judicialmente. También podría tramitarse el divorcio de mutuo acuerdo ante notario con hijos menores, siempre y cuando estos estén emancipados. Además será necesario que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
Además al igual que en los procesos judiciales, será necesario aportar un convenio regulador en el divorcio ante notario, donde los cónyuges expresarán cuales van a ser sus relaciones de futuro (pago de pensión compensatoria) así como si se va a proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales.
Por otra parte, es obligatorio contar con la asistencia de un abogado pero no de procurador, que será quien redactará el convenio regulador y quien asesorará jurídicamente a los cónyuges que pretenden divorciarse. Los cónyuges podrán optar por ser asistidos cada uno por un abogado de su propia confianza, o por el contrario contar ambos cónyuges con un mismo abogado, lo que permitirá reducir los costes del procedimiento.
Procedimiento de divorcio o separación ante notario
El notario competente para la celebración del divorcio en principio será el del lugar de residencia del matrimonio, o en caso de que no residen juntos, el lugar de última residencia. asistidos por su abogado donde presentarán tanto el convenio regulador, como el certificado de matrimonio.
Legalmente la ley no establece que los cónyuges deban acudir juntos a la notaría, pero sí que establece que acudan por sí mismos. El notario examinará el convenio regulador, y en caso de que considere que el mismo resulta dañino para alguno de los cónyuges o sus hijos mayores de edad o menores ya emancipados lo advertirá, pudiendo incluso negarse a tramitar el divorcio.
En caso de que el convenio regulador sea correcto a juicio del notario, lo elevará a escritura pública y lo remitirá al Registro Civil, teniendo eficacia el convenio regulador entre los cónyuges desde el mismo momento en que se celebra el divorcio, y tendrá efectos ante terceros una vez se haya inscrito en el Registro Civil, lo cual debería ser al día hábil siguiente a la celebración del divorcio.
¿Cuánto cuesta un divorcio ante notario?
No se puede establecer un precio fijo, ya que el mismo dependerá de de los bienes que tengan en común los cónyuges. Si lo que prima es la rapidez del divorcio, será mejor tramitarlo ante notario, pero si lo que prima es el dinero, en caso de que existan bienes en común de gran valor, a mi juicio será más recomendable tramitar el divorcio ante los juzgados de familia, ya que la suma de los honorarios del abogado y procurador serán inferiores a la suma de los honorarios del abogado y del notario.
Supuesto práctico de carácter ficticio de divorcio de mutuo acuerdo ante notario Burgos
Miguel S.E. y Elena A.F. celebraron matrimonio en el año 1980. En 1991 tuvieron un primer hijo llamado Miguel Ángel S.A. y en 1995 una hija llamada Lucía S.A. El régimen jurídico del matrimonio fue el de comunidad de gananciales, adquiriendo una vivienda el año que se casaron con una hipoteca a 10 años, cuyo valor en ese momento era de 10.000.000 de pesetas, unos 60.000 €.
En el año 2006 la relación sentimental existente entre Miguel S.E. y Elena A.F. se vio truncada, llegando a un acuerdo por el que Miguel S.E. se iba a vivir a otro domicilio, pero acordando que ambos cónyuges se harían cargo por igual de sus hijos, residiendo los mismos un mes con cada uno de sus progenitores.
Tras 10 años viviendo de forma separada, Miguel S.E. le comunicó a Elena A.F. que deseaba divorciarse, ya que tenía una nueva pareja desde hacía tres años y quería contraer matrimonio con ella. Debido a que sus hijos eran mayores de edad, y que el único bien que tenían en común era la vivienda en la que residía Elena A.F., y ambos habían acordado que Elena A.F. la adquiriría en propiedad previo pago de 40.000 €, ambos decidieron acudir a un abogado de divorcios para que les tramitase el procedimiento.
Su abogado les informó de las distintas posibilidades a las que podían optar para tramitar el divorcio, prefiriendo Elena A.F. celebrar el divorcio ante el Juzgado de Familia de Burgos, ya que iba a resultar más barato, ya que la vivienda comprendida en la sociedad de gananciales tenía un precio de 220.000 €, mientras que Miguel S.E. prefería optar por el divorcio ante notario, ya que quería que el mismo se celebrase con la mayor celeridad posible para poder contraer nuevo matrimonio.
Finalmente Elena A.F. y Miguel S.E. llegaron a un acuerdo por el cual celebraron el divorcio a través de una notaría, asumiendo Miguel S.E. el 65% del coste del procedimiento y Elena A.F. el 35 % restante, compensando de esa forma la diferencia de costes entre el divorcio judicial y el divorcio notarial, lo que permitió a Miguel S.E. acelerar los trámites del divorcio para poder contraer nuevo matrimonio.
Carlos Gil
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(Contamos tambien con clientes de toda la provincia. Soy abogado de Miranda de Ebro, Medina de Pomar, etc)